Ciudad de México, México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este viernes 30 de mayo la validez del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que prohíbe la elaboración y difusión de “acordeones” durante la elección judicial que se celebrará este domingo en todo el país.

TEPJF respalda al INE y prohíbe la difusión de “acordeones” para inducir el voto en la elección judicial; uso personal de guías sigue permitido (Foto: Twitter)

La medida ha generado dudas entre la ciudadanía, por lo que aquí te explicamos qué son estos “acordeones”, por qué fueron restringidos y cómo afecta —o no— tu derecho a votar.

¿Qué son los “acordeones” del INE?

TEPJF respalda al INE y prohíbe la difusión de “acordeones” para inducir el voto en la elección judicial; uso personal de guías sigue permitido (Foto: Twitter)

Los llamados “acordeones” son materiales impresos o digitales —como listas, guías o resúmenes— que contienen los nombres o números de las personas juzgadoras (candidatas y candidatos) que aparecen en las boletas de la elección judicial. Su objetivo es ayudar a la ciudadanía a recordar por quién votar, ante el alto número de opciones disponibles.

Sin embargo, en algunos casos, estos documentos han sido elaborados con la intención de influir en el voto de otras personas, transformándose en una forma de propaganda disfrazada.

¿Está prohibido llevar apuntes para votar?

No. La resolución del TEPJF aclara que el acuerdo del INE no prohíbe que las personas lleven su propia guía o nota personal al momento de votar, ya sea en papel o en formato electrónico (como en su celular), siempre que sea de uso estrictamente individual.

TEPJF respalda al INE y prohíbe la difusión de “acordeones” para inducir el voto en la elección judicial; uso personal de guías sigue permitido (Foto: Twitter)

Lo que sí está prohibido es elaborar y difundir públicamente estos materiales con el objetivo de inducir el voto o influenciar a otros votantes. Esto incluye campañas organizadas para repartir listas o recomendaciones masivas, especialmente durante el periodo de veda o en la jornada electoral.

¿Por qué el INE tomó esta decisión?

El Consejo General del INE determinó que la difusión de estos materiales podría violar la equidad del proceso electoral, ya que se transformarían en una forma de propaganda encubierta, contraria a la neutralidad que debe regir en la elección judicial.

Cinco ciudadanos impugnaron esta decisión, argumentando que limitaba su derecho al voto informado. No obstante, el magistrado Felipe Fuentes, ponente del caso, explicó que la prohibición no afecta el derecho individual a llevar apuntes, sino únicamente su distribución masiva o pública.

¿Qué dijo el TEPJF?

TEPJF respalda al INE y prohíbe la difusión de “acordeones” para inducir el voto en la elección judicial; uso personal de guías sigue permitido (Foto: Twitter)

En sesión privada, la Sala Superior del TEPJF resolvió por unanimidad declarar infundados los agravios de los quejosos. Según el tribunal, la prohibición del INE:

  • No restringe el derecho al voto libre.
  • No impide que cada ciudadano lleve su guía personal.
  • Solo limita la elaboración y difusión pública de “acordeones” con fines de propaganda.

“La ciudadanía puede llevar consigo apoyo físico o electrónico para emitir su sufragio en este proceso complicado, siempre y cuando no lo muestre ni lo utilice para influenciar a otras personas”, puntualizó el TEPJF en su resolución.