Guanajuato, Guanajuato.- Guanajuato es uno de los pocos estados de México que cuenta con el Impuesto Cedular, un impuesto estrictamente estatal aplicado al realizar actividades empresariales, arrendar inmuebles o prestar servicios profesionales.
Mediante el Impuesto Cedular todos los contribuyentes que generen ingresos en el estado de Guanajuato deberán pagar un gravamen mensual del 5% de sus ingresos brutos, aplicado después de los impuestos federales. A continuación te contamos todo lo que debes saber para pagar este impuesto sin complicaciones evitando multas y sanciones.

¿Qué es el Impuesto Cedular en Guanajuato?
El Impuesto Cedular es un gravamen estrictamente estatal implementado a las personas físicas del estado de Guanajuato que generen ingresos por renta o venta de inmuebles, prestación de servicios profesionales o por realizar actividades empresariales.
En Guanajuato, la tasa del Impuesto Cedular es del 5% de los ingresos brutos y debe pagarse siempre que generes ingresos dentro del estado de Guanajuato, independiente de si vives en la entidad federativa o no.
La recaudación de este impuesto se destina principalmente a gastos públicos estatales como:
- Mantenimiento de carreteras y vías públicas.
- Remodelación de escuelas y hospitales.
- Pagar los sueldos de los profesionales de la salud y elementos de seguridad del estado.

¿Quiénes están obligados a pagar el Impuesto Cedular en Guanajuato?
De acuerdo con la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato, el Impuesto Cedular se aplica a las personas físicas del estado que obtengan ingresos a través de las siguientes actividades, bajo los siguientes criterios:
- Prestación de servicios profesionales: Aplicado al sueldo de todo profesionista que labore dentro del estado de Guanajuato.
- Enajenación de inmuebles: Por venta y cesión de viviendas. Correspondido a la ganancia por la transacción.
- Actividades empresariales: Asignado a los ingresos de las sucursales, establecimientos y agencias dentro del estado.
- Arrendamiento de inmuebles: Implicado en la renta de propiedades dentro del estado de Guanajuato.
Cabe recalcar que este impuesto es independiente del régimen fiscal al que estés asignado a nivel federal. Incluso los contribuyentes que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) están obligados a pagar este gravamen cada mes.

¿Cómo pago el Impuesto Cedular en Guanajuato?
El pago del Impuesto Cedular se realiza cada mes, a más tardar el día 22 del mes siguiente al que corresponda el impuesto. Al ser un impuesto estatal, este gravamen no está gestionado por el SAT, sino por la Secretaría de Finanzas del Estado de Guanajuato.
Puedes realizar el pago de tu Impuesto Cedular a través del portal electrónico de la Secretaría de Finanzas del Estado de Guanajuato: https://declaraciones.guanajuato.gob.mx/declaraciones/mensual. O a través de diferentes instituciones bancarias.
Afortunadamente el Impuesto Cedular comparte los mismos ingresos y deducciones que establece la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por lo que se calcula a partir del resultado del ingreso bruto; descontando el ISR y las deducciones autorizadas.

¿Qué pasa si no pagas el Impuesto Cedular en Guanajuato?
De acuerdo a la Ley de Hacienda del Estado de Guanajuato y el Código Fiscal del Estado de Guanajuato, si no pagas el Impuesto Cedular puedes incurrir a:
- Multas por omisión o presentación tardía del 30 al 40 por ciento del impuesto omitido.
- Si se paga con retraso, se aplicará un recargo del 1.13% al 1.47% mensual acumulativo.
- La Secretaría de Finanzas de Guanajuato tiene permitido iniciar un procedimiento ejecutivo para embargar cuentas bancarias, bienes o derechos.
- Pueden clausurar temporalmente tu establecimiento hasta regularizar el pago de tus impuestos.
- Se te podría incluir en el Buró de Crédito Fiscal. El estado de Guanajuato comparte información con el Sistema de Alertas Crediticias (el SAT y otras instituciones).
Si se demuestra una evasión fiscal dolosa, es decir, que has ocultado tus ingresos deliberadamente, te podrían denunciar por defraudación fiscal de acuerdo al artículo 110 del Código Fiscal del Estado de Guanajuato
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