La Convención sobre los Derechos de los Niño (sic), reconoce que el niño y la niña, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Sin embargo, la realidad es que muchos crecen en un ambiente de violencia, rechazo, desamor e incomprensión. Muchos logran ser denunciados y rescatados por las autoridades, las cuales tienen la responsabilidad de tomar medidas de protección, recurriendo a todos sus recursos, facultades, habilidades, sensibilidad, conocimientos, procesos y procedimientos, leyes, etcétera.
Decidir si ha de ser retirado de su hogar; encontrar al culpable, a los testigos, las pruebas; determinar si las lesiones fueron accidentales o provocadas; permitir la visita o no a los familiares al centro de asistencia social donde se le resguarda; dar una sentencia —inocente o culpable, en qué grado—, son decisiones de alta complejidad.
A ello se suma el impacto emocional que genera ver a un bebé, niña o niño maltratado, lo cual provoca que las habilidades de pensamiento, razonamiento, análisis, síntesis, etcétera, de las y los profesionales se vean afectadas (imagina a un niño de tres años con más de quince huellas de violencia en su cuerpo, la oreja casi arrancada y un rostro inocente que a pesar de todo sonríe y que solo pide un bolillo). Si a esto le agregamos que todos los adultos traemos la experiencia de haber crecido en una cultura violenta, donde muy probablemente la padecimos durante nuestra crianza —como víctimas o como testigos—, entonces la asertividad a la hora de actuar se tambalea.
Las decisiones que las autoridades deben tomar para proteger a las niñas, niños y adolescentes que han sido maltratados son de importancia crítica. Los bebés, niñas y niños por su falta de madurez física y mental son altamente vulnerables, por lo mismo toda violencia es grande y destructiva para ellos, por lo que errar una decisión se vuelve muy delicado. Cerrar una investigación sin resolver la situación del niño, no encontrar pruebas o testigos que expliquen las lesiones y reintegrarlo a los agresores por esta razón, tipificar erróneamente el delito, minimizar el daño —producto de revisiones médicas y psicológicas superficiales y al vapor, o de plano ausentes—, prolongarle su situación de espera o incertidumbre u olvidarlo sin futuro digno en una institución, resulta peligroso y violatorio de sus derechos.
Por otro lado, aunque en los últimos años las leyes y procedimientos en lo que toca a la defensa de las niñas y niños en situación de maltrato se han ido afinando, aún las y los operadores encargados de la protección suelen mantener un amplio margen de interpretación que en ocasiones se traduce en desprotección.
La complejidad y delicadeza del tema, requiere que el perfil de las personas encargadas de auxiliar e impartir justicia para este sector de la población sea muy específico. Deben ser adultos responsables, compasivos y reflexivos que hablen en favor de las niñas y niños indefensos; que estén dispuestos a darle prioridad a sus asuntos; con suficiente experiencia, capacitación, sensibilidad y dedicación; además de contar con un adiestramiento especial en el tema del maltrato infantil.
Sólo así podrán tomar decisiones al margen de creencias y posturas personales o prejuicios profesionales que van en contra del interés superior de la niñez.
El maltrato infantil es un campo donde no pueden cometerse errores.
Aunque las decisiones en la protección integral de las niñas y niños que han sido maltratados son complejas y de importancia crítica, suelen aclararse cuando se tiene presente que como adultos estamos obligados a procurar la búsqueda del interés superior de la niñez; cuando dejamos de verlos como objetos propiedad de sus padres y reconocemos sus derechos independientes de los de los padres; cuando nos convencemos de que no hay violencia pequeña; cuando se cuenta con formación, experiencia, empatía, conocimiento del proceso evolutivo infantil y de los vínculos humanos; cuando se deja de ver al niño como un adulto en chiquito; cuando se tiene presente la importancia de dar agilidad a los procesos jurídicos y administrativos para evitar los efectos negativos que en el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes tiene la institucionalización prolongada; pero sobre todo cuando nos convencemos de que tener una vida llena de amor, felicidad y comprensión es un derecho que les pertenece, y hacerlo realidad, una obligación del Estado.
El restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que han sido maltratados sólo será una realidad cuando exista la convicción, de que “el futuro de nuestros niños y el futuro de nuestro mundo son una sola cosa” (Kempe, 1979).