Guanajuato, Gto.- En la capital de Guanajuato, es común que muchas personas adultas tengan como principal fuente de ingresos el arrendamiento de viviendas. De modo que surge la duda sobre si los arrendadores tienen que pagar impuestos al SAT o si tienen otras obligaciones fiscales al ser esto un ingreso pasivo.
Guanajuato es una ciudad universitaria, pues muchos jóvenes de municipios aledaños e incluso de otros estados de la república se mudan para estudiar en sus universidades.
Asimismo, la capital del estado es frecuentada por turistas tanto de México como de todo el mundo por sus atractivos culturales, de modo que muchas personas con propiedades alquilan sus casas o habitaciones.

Al ingreso económico que se obtiene por alquilar un bien, en este caso una vivienda, se le conoce como ingreso pasivo, pues requiere poco esfuerzo una vez que el arrendador establece el contrato. No obstante, el SAT establece impuestos específicos que tienen que cumplir los arrendadores.
¿Qué impuestos deben pagar los arrendadores de Guanajuato?
Las personas propietarias de casas y departamentos de la capital de Guanajuato, y de todo el estado, tienen que pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este consiste en pagar del 1.92% al 35% de acuerdo al monto de la renta. Si el arrendador renta su inmueble con fines comerciales, debe pagar también el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El ISR se calcula sobre los ingresos netos, es decir, los ingresos brutos menos las deducciones que se permiten, como los gastos de servicios, gastos de mantenimiento y los intereses de un crédito hipotecario. Este impuesto se paga de forma mensual, excepto si los ingresos son inferiores a 26 mil 411.52 pesos al menos, en cuyo caso se debe pagar cada tres meses.
El Régimen Simplificado de Confianza facilita a los arrendadores el pago de impuestos al SAT
Desde el año 2022 entró en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que consiste en una herramienta facilitadora del pago del ISR. Este régimen usa como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permite que el contribuyente realice menos labor contable e incluso que prescinda del apoyo de terceros.

El SAT realizará los cálculos anualmente mediante el RESICO y brindará la declaración anual precargada en la lista para que esta solo sea cotejada y se pague.
Esta herramienta solo está orientada a los contribuyentes que sean personas físicas, cuyos ingresos anuales sean menores de 3.5 millones de pesos facturados correspondientes a su actividad económica.
Si eres propietario de una vivienda en Guanajuato y quieres ponerla en renta, recuerda investigar sobre tus obligaciones fiscales y verificar qué esquema de pago te resulta más conveniente.
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